ACAVe se opone a que la Generalitat retire el estatus de empresa turística a las agencias de viajes

ACAVe ha presentado un pliego de alegaciones ante el Proyecto de Medidas Fiscales, Administrativas, Financieras y del Sector Público para el año 2020 que contempla en su artículo 135.2 la modificación del artículo 33 de la Ley 13/2002, de 21 de julio, de Turismo de Cataluña, y que establece la restricción de la consideración de “empresas turísticas” exclusivamente a las empresas que hacen mediación en alojamientos turísticos.

Además, el Proyecto de ley prevé también en su artículo 135.4 la modificación del artículo 53 de la ley 13/2002 de Turismo de Cataluña eliminando la definición de “agente de viajes”. Por último el artículo 135.5 del mismo Proyecto de Ley prevé la modificación del artículo 73.3 de la actual Ley de Turismo, a fin de que les agencias de viajes dejen de estar inscritas en el Registro de Turismo de Cataluña.

De aprobarse estos cambios, los mismos supondrían de facto la exclusión de la normativa turística catalana de las agencias de viajes, las cuales perderían su condición de empresas turísticas y dejarían de estar inscritas en el Registro de Turismo de Cataluña, sin que la misma ley prevea la inscripción de las agencias de viajes en ningún otro registro público, a fin de que los consumidores puedan comprobar si las empresas que comercializan y/o comercializan viajes combinados o servicios de viaje vinculados disponen de las garantías establecidas en la legislación europea.

ACAVe considera que esta medida contribuirá «decisivamente a un agravamiento sin freno del intrusismo y a crear inseguridad jurídica tanto para las empresas como para sus clientes». 

La primera consecuencia de la modificación de estos dos artículos que prevé el presidente de ACAVe, Martí Sarrate, es “la previsible marcha de agencias de viajes de Cataluña, que trasladarán su sede a cualquiera de las otras 16 comunidades autónomas donde todavía se está garantizando la seguridad jurídica para nuestro sector. En todas las Comunidades Autónomas existe un registro público de agencias de viajes fácilmente consultable por los consumidores, registro que ahora el Gobierno de la Generalitat quiere suprimir en Cataluña”.

Las consecuencias de este Proyecto de ley serían muy perjudiciales también para los consumidores. Al carecer de un registro público de este tipo de empresas, no podrían consultar si la agencia que han elegido para organizar sus vacaciones dispone o no de la garantía que la normativa europea les obliga a tener para la organización y/o comercialización de viajes. Actualmente, las agencias que cumplen con estas garantías son las que están inscritas en el Registro de Turismo de Cataluña.

Por este motivo el pliego de alegaciones presentado por ACAVe pide la eliminación del Proyecto de Ley de los artículos 135.2, 135.4 y 135.5 para así evitar un daño irreparable en el tejido empresarial catalán y a los consumidores catalanes. 

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